Puede que hayas comprado un local hace poco o tengas uno desde hace tiempo y donde no tienes actividad y ya no sabes muy bien qué hacer con el. Para todos vosotros, ya sea que tengáis un local en propiedad o bien estéis pensando en convertir un local en vivienda pero no sabes cómo llevarlo a cabo, o no tienes tiempo suficiente para ello, no os preocupéis ya que hoy en poco más de 5 minutos te vamos a contar cómo hacerlo y no caer en el intento.

Como en cualquier reforma integral que se puede llevar a cabo en una vivienda, en este caso os vamos a comentar cuales son los pasos a seguir para convertir local en vivienda, qué condiciones deben cumplirse e incluso que posibilidades futuras tiene adentrarse en esta transformación. ¡Empecemos!

Cuánto cuesta convertir un local en vivienda

No es que exista un precio exacto para hacer el cambio de uso de local a vivienda. Pero si puedes contar con unos gastos fijos en cuanto a trámites administrativos y licencias que rondan los 1.200€. Por otro lado el proyecto técnico puede rondar los 1.500€ y la conversión de la reforma completa dependerá del número de metros cuadrados que tenga el local pudiendo oscilar entre los 19.000€ y los 30.000€.

Por ejemplo en Málaga, Cuando el cambio de uso no venga acompañado de obras se pagará 120€. En cambio cuando el cambio sí esté acompañado por obras, habrá que pagar en tasas el resultado de  7,5 euros/m² de superficie construida, más las tasas por ejecución de obras, y los 120 euros por tasas de expedición de licencia de cambio de uso.

transformar local comercial en vivienda

Cómo convertir local en vivienda

Muchos clientes, nos preguntan si ¿se puede convertir un local comercial en vivienda? la respuesta es sí. es cierto que hay ciertos trámites necesarios para convertir un local comercial en una vivienda y que dependerán de cada ayuntamiento, según las reglas que tenga fijadas de forma independiente, aunque la gran mayoría son comunes a todos ellos. Pero yendo al grano, las tres cosas comunes que necesitaremos para la reconversión de un local a vivienda son:

  1. Presentar al ayuntamiento un proyecto sobre el cambio de uso.
  2. Hacer el pago de las licencias de obras y licencia de cambio de uso local.
  3. Disponer de una cédula de habitabilidad que muestre que se trata de una vivienda apta para poder vivir.

En cuanto a los trámites finales una vez terminados los trabajos deberemos inscribir la vivienda en el catastro y hacer los pagos pertinentes de las tasas propias de cualquier vivienda, como por ejemplo las de la basura.

EN MB Reformas somos especialistas en convertir local en vivienda en Málaga, y extendemos nuestros servicios a toda la provincia de Andalucía.

Condiciones para convertir un local en vivienda

La normativa es un poco estricta en estos casos y puede variar dependiendo la ciudad y comunidad autónoma, pero por lo general los requisitos mínimos son:

  • Tiene que disponer de un mínimo de fachada para la vivienda, sabiendo que el mínimo más común en España es de 3 metros.
  • El local tiene que contar con una altura mínima, sabiendo que la más común es de 2,5 metros en el 75% de su superficie útil, pudiendo reducirse hasta 220 centímetros en el resto.
  • En ocasiones se exige que en el cuarto o parte trasera del local tenga una ventana que de a luz exterior.
  • En cuanto al nivel del suelo, ninguna vivienda tendrá una pieza habitable con su suelo por debajo del nivel de la propia acera.
  • La cocina tiene que contar con una chimenea  o extractor de humos que evacue directamente a cubierta, nunca a la misma fachada o a un patio, ya que es un espacio en el que se producen gases y combustión.
  • Contará con una puerta de acceso de dimensiones mínimas de 203 centímetros de altura y 825 milímetros de ancho.
  • Cada una de las piezas habitables contará con una superficie de ventilación natural directa no inferior al 8% de toda la superficie útil.
  • Las zonas de iluminación natural deberán tener una superficie superior al 12% de la superficie útil.
  • Cumplir con las condiciones de accesibilidad y seguridad en materia de prevención de incendios.

Vivienda exterior

Se considera que una vivienda tiene la condición de exterior cuando cumple que tiene que ocupar una fachada con una longitud superior a tres metros como bien hemos comentado antes pero y que además exista al menos un hueco de una pieza habitable. Esta pieza tendrá una superficie útil de 12 metros cuadrados. Además tiene que cumplir con las condiciones de accesibilidad y seguridad que en materia de prevención de incendios determine la normativa sectorial.

Vivienda mínima

Se considera que una vivienda tiene la condición de mínima cuando cuenta con una estancia-comedor, un dormitorio, una cocina y un aseo cuya superficie útil sea superior a 38 metros cuadrados. No se contabilizan las terrazas, balconadas, balcones, miradores, tendederos o cualquier otro espacio con una altura libre de piso inferior a 220 cm.

Pues bien, esperamos con toda esta información haberos despejado dudas y sobre todo animaros a sacarle partido a ese espacio al convertir un local en vivienda y darle un uso propio o porque no alquilándolo para tantas personas que pueden estar interesadas. ¡A por la reforma!